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Blanqueo de capitales
Abogados penalistas especializados en Narcotráfico, Contrabando, Delitos Económicos, Blanqueo de capitales. Estamos en Sevilla, Cádiz y Málaga. Tfno. 952874237
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Blanqueo de capitales

Estamos especializados en delito de blanqueo de capitales.

En Abogados Sevilla somos especialistas en el delito de blanqueo de capitales.

El delito de blanqueo de capitales se produce por, entre otros, el blanqueo de dinero o capital o incluso rentas (también conocido en algunos países como lavado de capitales, lavado de activos, blanqueo de dinero o blanqueo de capitales) como el proceso a través del cual es encubierto el origen de los fondos generados mediante el ejercicio de algunas actividades ilegales o criminales (tráfico de drogas o estupefacientes, contrabando de armas, corrupción, desfalco, fraude fiscal, crímenes de guante blanco, malversación pública, extorsión, trabajo ilegal y últimamente terrorismo), se trata de la no declaración legal del dinero en cuentas bancarias en paraísos fiscales, con la finalidad, entre otros de no efectuar declaración a impuestos sobre ganancias o bien que las finanzas de una empresa o de un particular queden opacas a la Hacienda correspondiente.

Concretamente, las conductas previstas en el artículo 301 del Código Penal son las siguientes:

  • Adquirir, convertir o transmitir bienes sabiendo que provienen de la realización de un delito grave.
  • Realizar actos que procuren ocultar o encubrir ese origen.
  • Ayudar a quien ha realizado la infracción o delito base (que ha de ser grave) a eludir las consecuencias de sus actos.
  • Ocultar o encubrir la verdadera naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento o derechos sobre los bienes o propiedad de los mismos a sabiendas de su procedencia ilícita.

El que adquiera, posea, utilice, convierta, o transmita bienes, sabiendo que éstos tienen su origen en una actividad delictiva, cometida por él o por cualquiera tercera persona, o realice cualquier otro acto para ocultar o encubrir su origen ilícito, o para ayudar a la persona que haya participado en la infracción o infracciones a eludir las consecuencias legales de sus actos, será castigado con la pena de prisión de seis meses a seis años y multa del tanto al triplo del valor de los bienes.

Si necesita un abogado especializado en delitos de blanqueo de capitales, puede contactar con nosotros.